El artículo 18 de nuestra Constitución garantiza el derecho a cumplir la pena de prisión en el Centro Penitenciario más cercano al hogar o a donde se lleve a cabo el proceso de la persona, pero, a pesar de eso, en los últimos años los traslados de las personas privadas de libertad entre los centros penitenciarios del país han sido mucho más recurrentes.
Hay muchas cosas que no quedan claras, al familiar no se le avisa, al abogado tampoco,estos son traslados injustificados en los que las familias de las personas privadas de libertad también son afectadas pues, en el mejor de los casos, tienen que esperar largos periodos de tiempo para saber algo de sus familiares pero algunas veces ya no vuelven a saber de ellos.
Te invitamos a que veas este episodio y conozcas las vivencias de familiares de personas privadas de la libertad que pasaron por un traslado.
¿Necesitas una asesoría legal?
Recuerda que en Documenta podemos brindártela de manera gratuita.
