01 Feb 2006
Autor: Corte IDHdocumenta
El caso se refiere a la responsabilidad internacional del Estado por la detención ilegal arbitraria de Alfredo López Álvarez, las condiciones de su detención y la falta de un debido proceso para cuestionar esta situación.
Los derechos violados, de acuerdo a la Convención Americana de Derechos Humanos, fueron los siguientes: Artículo 1 (Obligación de respetar los derechos), Artículo 13 (Libertad de pensamiento y expresión), Artículo 16 (Derecho a la Libertad de Asociación) , Artículo 24 (Igualdad ante la ley) , Artículo 25 (Protección Judicial), Artículo 5 (Derecho a la Integridad Personal) , Artículo 7 (Derecho a la libertad personal), Artículo 8 (Garantías Judiciales).
El señor López Álvarez estuvo 6 años y 4 meses privado de su libertad, y en los centros en los que estuvo internado no existía un sistema de clasificación de reclusos, no había separación entre procesados y condenados. Además, el agraviado fue sometido a condiciones de internamiento insalubres y de hacinamiento, y los centros no disponían de condiciones higiénicas adecuadas. A principios del año 2000, el director del Centro Penal de Tela prohibió a la población garífuna hablar en su propia lengua.
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