05 Sep 2016
Autor: Comisión Nacional de Derechos Humanos
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en ejercicio de las facultades conferidas como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, en lo sucesivo Mecanismo Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracciones VIII y XII, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y 61 de su Reglamento Interno, así como 19 y 20 del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificado por la H. Cámara de Senadores el 9 de diciembre de 2004, y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2006; durante el mes de noviembre de 2015, efectuó, en compañía de personal de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero, visitas a diversos lugares de detención que dependen del poder ejecutivo y de la Fiscalía General de esa entidad federativa, para examinar, desde su ingreso y durante el tiempo que permanecen las personas privadas de la libertad, el trato y las condiciones de detención.
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