Adolescentes en conflicto con la ley en México
Las personas adolescentes en conflicto con la ley, son aquellas que tienen entre 12 años y menos de 18 años de edad al momento de ser sujetas al Sistema de Justicia, por existir la sospecha fundada de que han participado o cometido un probable delito.
Hasta antes del 2016, los asuntos en que se involucraba a una persona adolescente como probable responsable de la comisión de un delito, se resolvían bajo un sistema tutelar del Estado, el cual deja de ser vigente a partir de la entrada en vigor de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (en adelante LNSIJPA), en junio del 2016.
La citada ley tiene por objeto reglamentar el proceso penal de adolescentes bajo el Interés Superior de la Niñez, el cual exige del Estado, las autoridades, la sociedad y familiares, evaluar toda decisión que afecte la vida de la persona adolescente, considerando las características, necesidades, las circunstancias y el contexto en que se encuentre la persona, a fin de aplicar las medidas que garanticen un desarrollo integral, su dignidad humana y el ejercicio de todos sus derechos humanos.
Son pocas los datos que existen sobre los adolescentes en conflicto con la ley, cuáles son las medidas de sanción que se les imponen y cuáles son las condiciones en las que se encuentran en los centros de internamiento.
Los siguientes datos, tienen como propósito mostrar, de manera general y a partir de la información proporcionada por las autoridades, cuántos adolescentes se enfrentan al Sistema de Justicia, por qué delitos, qué medida de sanción les están dictando y cuáles son las condiciones en los centros de internamiento, esto con el propósito de visibilizar a los adolescentes en conflicto con la ley, para generar políticas públicas que favorezcan su reinserción social.
Según la Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal (ENASJUP) elaborada por el INEGI en 2017. Se encontraban 6 891 adolescentes en el Sistema de Justicia Penal.
De los cuales 6, 352 son adolescentes hombres y 539 adolescentes mujeres.
Esta misma encuesta muestra cuántos adolescentes ya contaban con una sanción impuesta mediante una sentencia, así como quienes aún continuaban su proceso penal bajo la aplicación de medidas cautelares, en espera de la sentencia que resolviera el conflicto.
Respecto de las sanciones impuestas mediante sentencia, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, contempla una serie de medidas de sanción tanto privativas como no privativas de la libertad, que podrán aplicarse a adolescentes que resulten responsables de la comisión de un delito; con esto queremos decir, que el internamiento no es la única medida de sanción privativa de libertad, sino que existen otras como estancia domiciliaria o semi-internamiento.
En cuanto a las medidas cautelares, estas responden a la necesidad de garantizar la seguridad de las partes procesales, el desarrollo de la investigación y la presencia del adolescente durante el proceso, al respecto, la ley menciona que será suficiente la promesa de someterse al proceso de la persona adolescente para que el Juez pueda prescindir de la aplicación de medidas cautelares.
Es así, que a los 1 232 adolescentes que se encontraban aún en proceso se les impuso una medida cautelar, de los cuales 433 se les aplicó el internamiento preventivo, mientras que a los 799 adolescentes restantes se les impuso algún tipo de medida cautelar que les permitió llevar su proceso en libertad.
Las medidas cautelares deben ser impuestas sólo cuando exista un riesgo procesal, desde una perspectiva interseccional y socieducativo, que considere las situaciones sociales, familiares e individuales del adolescente, así como sus características y necesidades, no obstante, los datos muestran el uso excesivo de estas medidas que fueron aplicadas a todas las personas adolescentes que se encontraban en proceso, además de ser aplicadas sin el enfoque diferenciado y socioeducativo que marca a ley.
Por otro lado, es importante reconocer que el contexto de violencia actual en México impacta directamente a las juventudes. En las diferentes entidades, las y los adolescentes se enfrentan a situaciones de violencia y vulnerabilidad, los cuales implican factores de riesgo a que una persona adolescentes cometa una ofensa.
En el 2017, estos son los delitos por los cuales los adolescentes se encontraban cumpliendo una medida de sanción.
Adolescentes en el sistema de justicia por tipo de delito
Ahora bien, de acuerdo con INEGI, las estadísticas señalan que las medidas de sanción no privativas de la libertad se han aplicado con mayor frecuencia; sin embargo, hay un inexistente seguimiento a las medidas de sanción no privativas de la libertad que se aplican a adolescentes, y tampoco se están tomando en cuenta las circunstancias que atraviesan a cada adolescente.
Ante este panorama, es evidente que tampoco se está respetando el carácter socioeducativo de las medidas, por el cual se atribuye a las autoridades involucradas en la aplicación y ejecución de medidas, la implementación de programas y actividades destinadas que promover el desarrollo de las capacidades, aptitudes y habilidades de la persona adolescente, con el fin de encontrar un lugar constructivo en sociedad.
El carácter socioeducativo de las medidas, se debe aplicar considerando además las características propias de la persona adolescente, así como las situaciones en las que se encuentra, tomando en cuenta su opinión. Estos elementos son esenciales para garantizar la reinserción social y familiar, cuya ausencia impide la efectiva aplicación del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, y recae en violaciones a los derechos humanos de las juventudes en conflicto con la ley.
Referente a la medida de sanción en internamiento, el principio de excepcionalidad de las medidas privativas de la libertad de acuerdo con la LNSIJPA, se deberá aplicar sólo en casos extremos y por el menor tiempo que proceda. En el 2017, la población con este tipo de medida de sanción era de 1,169, de los cuales, mujeres eran 76 y hombres 1,094.
En abril del 2019, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) publicó el “Informe especial sobre los centros de tratamiento interno para adolescentes que infringen la ley penal de la República Méxicana”
Dicho informe es el resultado de las visitas de supervisión que se realizaron en los 45 centros de tratamiento interno que actualmente se encuentran en funcionamiento en México. De los cuales, 4 son exclusivos para mujeres, 6 son para hombres y 35 son mixtos, es decir, alojan a hombres y mujeres.
Y en el cual se afirma que en 2019, se encontraban 1,445 adolescentes cumpliendo una medida de internamiento, de los cuales 1,237 son hombres, y 208 son mujeres.
En relación con las cifras mencionadas, existe una contraposición con el principio de mínima intervención y subsidiariedad, el cual señala que las soluciones a las controversias en las que se involucre una persona adolescente, se resolverán priorizando mecanismos alternativos y soluciones alternas al procedimiento judicial. Sin embargo, de la comparación anterior, vemos que la judicialización de los casos con adolescentes ha ido en aumento, principalmente en lo que respecta a las mujeres adolescentes.
Como se mencionó previamente, es importante hacer un análisis sobre cómo afecta la violencia a las personas adolescentes en cada una de las regiones y cuántos adolescentes se encuentran cumpliendo una medida de sanción. Asimismo, es fundamental que las autoridades corresponsables y otros actores corresponsables, como academia, iniciativa privada, organizaciones de la sociedad civil, brinde programas con enfoque de juventudes a quienes se encuentran cumpliendo una medida de sanción en internamiento y esto favorezca la reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la ley.
Adolescentes en internamiento por entidad federativa
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